Renunciar a una herencia es una situación más común de lo que podríamos pensar. Veamos cómo y cuándo renunciar a una herencia.
¿Cómo se renuncia a una herencia?
La aceptación de una herencia se puede hacer de forma tácita o expresa. Sin embargo, la renuncia a una herencia se debe realizar de manera expresa mediante escritura pública formalizada ante notario o mediante una declaración ante el juez.
Esto es así porque la herencia se entiende aceptada en el momento del fallecimiento.
Como cita el Artículo 1005 del Código Civil, en el caso de un fallecimiento en el que los herederos no se pronuncien:
Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente.
Razones para renunciar a una herencia
En algunos casos, los herederos no quieren aceptar la herencia, en la mayoría de casos, cuando se repudia la herencia suele ser por alguna de estas dos razones:
1. La herencia tiene más deudas que bienes
Cuando se acepta una herencia, no solo se heredan bienes o derechos, también se heredan las deudas. No se puede heredar una cosa, sin la otra.
En los casos en los que el valor de las deudas, es superior al de los bienes, es posible plantearse el hecho de renunciar a la herencia para evitar que todas las deudas, pasen a nuestro nombre.
Existe una opción intermedia, y es aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que significa, que primero se pagan todas las deudas con los bienes del fallecido, y si queda algo, se reparte entre los herederos.
2. El heredero no puede pagar el impuesto de sucesión
Para poder acceder a los bienes, en el momento de heredar, se debe pagar ante la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma donde vivía el fallecido, el impuesto de sucesiones para poder acceder a los bienes de la herencia. El importe de este impuesto, depende de la cada Comunidad Autónoma.
En estos últimos años, los casos de personas que han renunciado a alguna herencia por que no se podía pagar el impuesto de sucesiones ha aumentado notablemente.
Claves para renunciar a una herencia
Antes de renunciar a una herencia es importante tener claros los siguientes aspectos:
1. La renuncia es irrevocable
Una vez hecha la renuncia de una herencia, no habrá marcha atrás. Se pierden automáticamente los derechos sobre la misma.
La renuncia se debe hacer ante notario, y es un acto personal del heredero.
2. Es necesaria la autorización judicial, en menores de edad
En principio, cualquier herencia beneficia al heredero, por lo tanto si el heredero es menor de edad, pero si de lo contrario se quiere hacer una renuncia, es necesario en cualquier caso, la autorización judicial.
Por lo que un padre, madre o tutor legal de uno menor, no puede renunciar por si solo en su nombre. Es necesario, justificar ante un Juez, las razones de la renuncia, y este autorizaría la misma.
3. Hay dos maneras de renunciar a una herencia
Renuncia pura y gratuita
La herencia pasa directamente del fallecido al sustituto, sin pasar por el heredero original.
El heredero renuncia a la herencia, pero no lo hace a favor de nadie en concreto, sino que sus derechos pasan al sustituto que se prevé en el testamento, y si no se prevé nada o no hay testamento, será al resto de coherederos por medio del conocido Derecho de Acrecer.
Ante este tipo de renuncia, el heredero realmente nunca llega a serlo, por lo que no tendría que pagar el impuesto de sucesiones.
Renuncia a beneficio de alguien
En este segundo tipo de renuncia, se pagan dos impuestos: uno por heredar y otro por donar.
Cuando el heredero renuncia, y lo hace a favor de una persona que él mismo quiera. Lo que significa que sus derechos hereditarios los cede directamente a esa persona.
En este caso, para que el heredero pueda ceder sus derechos, deberá pagar el impuesto de sucesiones, y la persona a la que se lo cede deberá pagar el impuesto de donaciones.
4. Quién renuncia, lo hace también para sus herederos
Salvo en el caso que exista testamento y se haya previsto expresamente que, en caso de renuncia los derechos del heredero pasan a otras personas (sus propios herederos), la renuncia supone, no sólo que el heredero pierda todos los derechos hereditarios, sino que estos no pasan a sus propios herederos.
Es decir, en casos de renuncia, no se da el derecho de representación por el que los nietos heredan de los abuelos.
Bocanegra Abogados es un despacho de Abogados con décadas de experiencia en la asistencia jurídica en Málaga. Cuenta entre sus especialidades con la gestión de todo tipo de casos relacionados con herencias y testamentos bajo la dirección de la socia fundadora del despacho, Rosa Bocanegra Hidalgo.